top of page

CREACIÓN DE LA COMISIÓN CENTRAL DE FARMACIA DEL SERVICIO NAVARRO DE SALUD-OSASUNBIDEA


Mediante la Orden Foral 1/2010, de 4 de enero, de la Consejera de Salud, se creó la Comisión Asesora Técnica para el Uso Racional de los Medicamentos , con funciones de asesoramiento a la Dirección General de Salud y al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea en materia de prestación farmacéutica y de uso racional del medicamento. De esta forma, aquellas decisiones en materia de medicamentos que por su importancia terapéutica, impacto económico o seguridad, tenían una especial trascendencia, eran asesoradas por dicha Comisión.

El Decreto Foral 171/2015, de 3 de septiembre, por el que se aprueban los estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea , modifica notablemente la estructura de este organismo, creando una Subdirección de Farmacia con funciones de coordinación de los comités y comisiones de farmacia de los diferentes centros, así como de asesoramiento en la calificación y evaluación terapéutica de los nuevos medicamentos que se utilicen y prescriban en los centros propios y concertados del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Así pues, la existencia de esta Subdirección de Farmacia, con funciones de coordinación, e incardinada en la Dirección de Asistencia Sanitaria al Paciente, determina la necesidad de crear una nueva Comisión, que sustituya a la Comisión Asesora Técnica para el Uso Racional de los Medicamentos y que, con la denominación de Comisión Central de Farmacia dé respuesta a la nueva estructura y necesidades del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea en esta materia. La complejidad de los nuevos medicamentos y su alto impacto presupuestario hacen más que nunca necesarias decisiones basadas en la seguridad y eficiencia de dichos medicamentos.

La Comisión Central de Farmacia ejercerá las siguientes funciones:

a) Proponer pautas de colaboración para lograr una prescripción efectiva, segura y eficiente de los medicamentos y productos sanitarios farmacéuticos por parte de los profesionales sanitarios de todos los ámbitos asistenciales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

b) Evaluar el impacto presupuestario de las propuestas de inclusión de los nuevos medicamentos de uso o diagnóstico hospitalario incluidos dentro de las categorías contempladas en el Anexo a esta Orden Foral, realizadas por las Comisiones de Farmacia y Terapéutica de los diferentes Hospitales.

c) Proponer a la Dirección Gerencia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea la incorporación de nuevos medicamentos de uso o diagnóstico hospitalario incluidos en el Anexo a esta Orden Foral, así como su forma de uso terapéutico corporativo y los criterios de seguimiento clínico y de respuesta terapéutica conforme a las indicaciones recogidas en su respectiva ficha técnica.

d) Proponer a la Dirección Gerencia del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea la autorización individualizada de uso de medicamentos por circunstancias clínicas particulares que los hagan aconsejables.

e) Proponer pautas de colaboración en materia de uso y conciliación de los medicamentos entre los diferentes ámbitos asistenciales del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

f) Asesorar técnicamente para el establecimiento de criterios dirigidos a la optimización de adquisiciones conjuntas de medicamentos y productos sanitarios farmacéuticos a propuesta de los diferentes centros del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

g) Asesorar en los programas y actividades de formación continuada de los profesionales sanitarios relacionados con la utilización racional de los medicamentos.

h) Proponer medidas y actividades de educación sanitaria dirigidas a la población en relación al buen uso de los medicamentos.

i) Cualquier otra función relacionada con el uso racional de los medicamentos en la que por su importancia o trascendencia fuera necesaria la participación de dicha Comisión.


Share Button
Contiac Abogados
bottom of page