El pasado mes de marzo, la CNMC investigó posibles prácticas anticompetitivas consistentes en acuerdos de manipulación y reparto de licitaciones, convocadas por la Administración General del Estado, para la prestación del servicio de agencia de viajes en España y en el extranjero, en las sedes de varias empresas que operan en ese mercado.
Si como resultado de la inspección, la CNMC encontrase indicios de prácticas prohibidas por la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y por el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, procederá a la incoación formal de expediente sancionador. Cabe recordar que los acuerdos entre competidores constituyen una infracción muy grave de la legislación de competencia, que puede suponer multas de hasta el 10 % del volumen de negocio total de las empresas infractoras.
Las empresas que aporten elementos de prueba a la CNMC que faciliten la detección del cártel en el que hayan participado o participen, se beneficiarán de la exención del pago de la multa debido al programa de clemencia. Asimismo, este programa permite a las empresas que aporten información relevante una vez iniciada la investigación por la CNMC beneficiarse de reducciones del importe de la multa.
Entre las medidas más relevantes adoptadas por el programa de clemencia cabe destacar la excepción de la prohibición de contratar establecida en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público para aquellas empresas solicitantes de clemencia que hayan sido sancionadas por infracción grave en materia de falseamiento de la competencia.
Comments