Hemos tenido dos años para trasponer la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 sobre Contratación Pública, y el anteproyecto de ley de contratos del sector público no ha salido adelante, por lo que nos encontramos fuera de juego.
Existe cierta incertidumbre en las empresas sanitarias y healthcare, así como en las Administraciones Públicas y entes del Sector Público, y un preocupante desconocimiento de algunos órganos de contratación sobre la situación normativa a partir del 18 de abril próximo.
Desde esa fecha se despliega el efecto directo de la Directiva, que supone la posibilidad de aplicar e invocar algunas de sus normas directamente ante la Administración y Tribunales administrativos de resolución de recursos contractuales y tribunales judiciales.
Las empresas del sector sanitario y healthcare tendrán que tener en cuenta las novedades que introduce en la normativa de compras públicas la Directiva. Así, algunas novedades, que iremos explicando en próximos artículos con más detalle, son la simplificación y flexibilización de la presentación de las ofertas (Documento Único Europeo de Contratación, e-Certis o Depósitos de Certificación en Línea) y de los procedimientos de adjudicación; creación de nuevos procedimientos de adjudicación como la Asociación para la Innovación; la obligación de una tramitación electrónica de todo el procedimiento de licitación; el impulso de la colaboración entre poderes adjudicadores; la preferencia de división en lotes de los contratos (apply or explain); se facilita el acceso a las PYMEs a la contratación pública; criterios de adjudicación MEAT (most economically advantageous tender), etc.
Las empresas sanitarias y healthcare tendrán que estar preparadas y debidamente asesoradas a partir del 18 de abril para adaptar sus ofertas a las nuevas exigencias europeas y para comprobar que los pliegos y adjudicaciones respeten la Directiva.
Comments