A primeros de mes, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, con medidas de carácter extraordinario para permitir una revisión excepcional de los precios de los contratos públicos de obras afectados por la subida de los precios, concretamente, de determinadas materias primas y materiales en 2021.
Así, en los contratos públicos de obras, ya sean administrativos o privados, adjudicados por cualquiera de las entidades que formen parte del sector público estatal y que se encuentren en ejecución coincidiendo con la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, con independencia del régimen jurídico que por razón temporal o de la materia se aplique al contrato, se reconocerá́ al contratista la posibilidad de una revisión excepcional de precios.
Ello será así siempre que el incremento del coste de los materiales empleados para la obra adjudicada haya tenido un impacto directo y relevante en la economía del contrato durante el ejercicio 2021, considerándose que existe ese impacto cuando el incremento del coste de materiales siderúrgicos, bituminosos, aluminio o cobre exceda del 5 % del importe certificado del contrato en el ejercicio 2021.
La cuantía de la revisión excepcional no podrá́ ser superior al 20 % del precio de adjudicación del contrato, y podrá afectar.
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