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Actualización de umbrales en la contratación pública en 2020

Como es habitual, la entrada de un nuevo año conlleva la modificación (actualización) de los umbrales a efectos de aplicación de los procedimientos de contratación pública.


De esta manera, a partir del 1 de enero de 2020, las cifras que figuran en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público; en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de adjudicación de los contratos en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales; y en la Ley 24/2011, de 1 de agosto, de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad, en los artículos que se expresan a continuación, deberán ser sustituidas por las siguientes:


Respecto de la Ley 9/2017:

  1. La cifra de 5.548 000 euros por la de 5.350.000 euros, en los artículos 20.1; 23.1.a) y 318 b).

  2. La cifra de 221.000 euros por la de 214.000 euros, en los artículos 21.1.b); 22.1.b); 23.1.b) y 318 b).

  3. La cifra de 144.000 euros por la de 139.000 euros en los artículos 21.1.a) y 22.1.a).

Respecto de la Ley 31/2007:

  1. La cifra de 5.548 000 euros por la de 5.350.000 euros en el artículo 16, letra b).

  2. La cifra de 443.000 euros por la de 428.000 euros, en los artículos 16.a) y 95.1.

Respecto de la Ley 24/2011:

  1. La cifra de 5.548 000 euros por la de 5.350.000 euros en el artículo 5, letra b).

  2. La cifra de 443.000 euros por la de 428.000 euros, en el artículo 5, letra a).

Puedes consultar toda la información al respecto en el texto de la Orden HAC/1272/2019, publicada el pasado 31 de diciembre de 2019 en el Boletín Oficial del Estado.


Contiac Abogados
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