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CREACIÓN DEL COMITÉ CORPORATIVO DE FARMACIA EN EL ÁMBITO DEL SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD









El Comité Corporativo de Farmacia es un órgano colegiado de carácter consultivo, de asesoramiento y de apoyo en materia de prestación farmacéutica a la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud.

Su finalidad será impulsar las medidas tendentes a una mejor utilización y prescripción de medicamentos y productos sanitarios, con el objetivo de promover una prestación farma- céutica con criterios de equidad, eficacia, efectividad, seguridad, eficiencia, y coordinada en los distintos ámbitos de la atención sanitaria del Servicio Cántabro de Salud. A su vez, tendrá como fin contribuir a la sostenibilidad del Sistema Sanitario Público de la Comunidad Autónoma de Cantabria.





Serán funciones del Comité Corporativo de Farmacia:

a) Impulsar la correcta utilización de los recursos farmacoterapéuticos en los centros de la red asistencial y proponer estrategias de mejora en la gestión en cuanto a eficiencia, calidad y seguridad de su empleo, así como en la equidad de acceso a los mismos.

b) Elaborar un Formulario de medicamentos y productos sanitarios, único para todos los centros hospitalarios del Servicio Cántabro de Salud que establezca los criterios de utilización.

c) Elaborar la Guía Farmacoterapéutica del Servicio Cántabro de Salud en el marco de la prestación farmacéutica ambulatoria, como sistema de ayuda a la prescripción integrada en la historia clínica electrónica, para aquellas patologías cuyo tratamiento deba ser coordinado entre los distintos ámbitos de la asistencia sanitaria, validando contenidos de las ayudas y formulando propuestas de innovación y mejora.

d) Mantener actualizado el catálogo de prestaciones farmacéuticas del Servicio Cántabro de Salud con carácter general para todos los centros sanitarios.

e) Evaluar todas las propuestas de inclusión de nuevos medicamentos que remitan las Co- misiones de Farmacia y Terapéutica de los centros, que deberán ser debidamente motivadas y conforme a los protocolos que se establezcan.

f) Protocolizar los tratamientos farmacoterapéuticos para patologías que por su elevado im- pacto sanitario, social, económico o con variabilidad en la utilización de medicamentos, hacen necesaria su especial supervisión y seguimiento.

g) Fomentar la difusión del Formulario y de la Guía entre los profesionales sanitarios y la actualización de los mismos, determinando los criterios aplicables tanto la incorporación de nuevos medicamentos como la supresión de otros.

h) Editar información objetiva e independiente sobre los medicamentos, productos sanita- rios y productos dietoterápicos, estableciendo recomendaciones de empleo común para todos los profesionales sanitarios.

i) Impulsar iniciativas en el ámbito de la seguridad en el uso de los medicamentos y pro- ductos sanitarios.

j) Coordinar e integrar las actuaciones de las Comisiones de Farmacia y Terapéutica de Área dirigidas a garantizar el cumplimiento de los criterios de uso o protocolos que se establezcan, optimizando recursos y actuaciones.





k) Aprobar los criterios para la aplicación de los diferentes contenidos del Real Decreto 1015/2009, de 19 de junio, por el que se regula la disponibilidad de medicamentos en situacio- nes especiales, para establecer un acceso equitativo y una respuesta homogénea en el Servicio Cántabro de Salud.

I) Impulsar iniciativas en el ámbito de la seguridad en el uso de los medicamentos y pro- ductos sanitarios a través de programas de investigación sobre necesidad, efectividad y ad- herencia de los tratamientos farmacológicos más frecuentemente instaurados, fomentando la participación de sociedades científicas y asociaciones de pacientes.

m) Ejercer cualquier otra función que le sea encomendada por la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud, en relación con la gestión eficiente y equitativa de los recursos farmacoterapéuticos.


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