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INSTALACIÓN Y USO DE DESFIBRILADORES EXTERNOS FUERA DEL ÁMBITO SANITARIO

Publicado recientemente en el Diario Oficial de Galicia el Decreto 38/2017, de 23 de marzo, por el que se regula la instalación y el uso de desfibriladores externos fuera del ámbito sanitario, y se crea su registro.


El presente decreto tiene por objeto:


a) Establecer las condiciones y requisitos para la instalación, uso y mantenimiento, fuera del ámbito sanitario, de desfibriladores externos automáticos y semiautomáticos.

b) Determinar los lugares en los que es recomendable disponer de dichos desfibriladores, el régimen de notificación de su instalación y su correcta señalización.

c) Establecer los requisitos mínimos relativos a la formación de los/las manipuladores/as.

d) Crear el Registro de Desfibriladores Externos de Galicia.


Puedes consultar el Decreto en su fuente original.


Contiac Abogados
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