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EL CONSEJO DE ESTADO AVALA LA VACUNACIÓN DEL VIRUS DEL PAPILOMA HUMANO (VPH)

El Consejo de Estado, al resolver sobre una reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños producidos a una niña tras la administración de la vacuna del VPH, supuestamente como consecuencia de los efectos adversos producidos por la misma, considera que dichos productos (al igual que otros del ámbito farmacéutico), pueden presentar efectos adversos cuya manifestación efectiva –de producirse- constituye uno de los supuestos en los que la causación del daño viene determinada por la necesidad de evitar un mal mayor, debiendo el administrado soportar el riesgo de los efectos adversos.

Asimismo, el Consejo de Estado recuerda que la inclusión de las vacunas frente al VPH se adoptó siguiendo el cauce y el tiempo establecido legalmente para la comercialización de la vacuna, con plazos similares a los que se aplicaron en otros países de la Unión Europea, y con los informes favorables de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.


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